Para este tipo de
acuerdos, basta el voto favorable de un tercio de los propietarios que representen un
tercio de las cuotas. Pero, entonces, no se podrá repercutir la cuota parte del gasto en
aquellos propietarios que hubiesen votado en contra. Aún así, si los que votaron en
contra solicitan tener acceso al servicio, deberán pagar la parte de gasto que les
hubiera correspondido actualizada con el interés legal. |