Si no se ha hecho
testamento, hay que hacer una declaración de herederos.
Si, según las reglas que hemos visto,
heredan los descendientes, ascendientes o cónyuge, la declaración de herederos se hace
ante notario del lugar donde tuviera el fallecido su último domicilio. Habrá que llevar
para ello una serie de documentos ( D.N.I. del fallecido, certificación de defunción,
certificado del Registro de Actos de Última Voluntad, Libro de Familia, al menos) y dos
testigos que conozcan a la familia del fallecido pero que no sean parientes. Acuda al
notario para que le indique exactamente qué es lo que necesita en este caso.
Si según la ley los herederos son otras
personas, la declaración de herederos la tiene que hacer un juez.
Gastos: En el mejor de los casos
(declaración de herederos ante notario y sucesión sin complicaciones) los gastos son
más de tres veces lo que cuesta hacer testamento. : En el mejor de los casos
(declaración de herederos ante notario y sucesión sin complicaciones) los gastos son
más de tres veces lo que cuesta hacer testamento.
Conclusión: Si no se hace
testamento los bienes no van a quien normalmente se quiere; hay que hacer una serie de
trámites y obtener más papeles y es bastante más caro. Conviene por tanto hacer
testamento y no dejarlo para el último momento (cuesta alrededor de 6.000 ptas., y se
puede cambiar siempre), de esta forma conseguirá que sus bienes pasen a quien usted
quiere y facilitará mucho las cosas a sus herederos el día de mañana. : Si no se hace
testamento los bienes no van a quien normalmente se quiere; hay que hacer una serie de
trámites y obtener más papeles y es bastante más caro. Conviene por tanto hacer
testamento y no dejarlo para el último momento (cuesta alrededor de 6.000 ptas., y se
puede cambiar siempre), de esta forma conseguirá que sus bienes pasen a quien usted
quiere y facilitará mucho las cosas a sus herederos el día de mañana. |