HERENCIAS

¿Qué trámites hay que seguir y lo que cuestan?

Si no se ha hecho testamento, hay que hacer una declaración de herederos.

Si, según las reglas que hemos visto, heredan los descendientes, ascendientes o cónyuge, la declaración de herederos se hace ante notario del lugar donde tuviera el fallecido su último domicilio. Habrá que llevar para ello una serie de documentos ( D.N.I. del fallecido, certificación de defunción, certificado del Registro de Actos de Última Voluntad, Libro de Familia, al menos) y dos testigos que conozcan a la familia del fallecido pero que no sean parientes. Acuda al notario para que le indique exactamente qué es lo que necesita en este caso.

Si según la ley los herederos son otras personas, la declaración de herederos la tiene que hacer un juez.

Gastos: En el mejor de los casos (declaración de herederos ante notario y sucesión sin complicaciones) los gastos son más de tres veces lo que cuesta hacer testamento. : En el mejor de los casos (declaración de herederos ante notario y sucesión sin complicaciones) los gastos son más de tres veces lo que cuesta hacer testamento.

Conclusión: Si no se hace testamento los bienes no van a quien normalmente se quiere; hay que hacer una serie de trámites y obtener más papeles y es bastante más caro. Conviene por tanto hacer testamento y no dejarlo para el último momento (cuesta alrededor de 6.000 ptas., y se puede cambiar siempre), de esta forma conseguirá que sus bienes pasen a quien usted quiere y facilitará mucho las cosas a sus herederos el día de mañana. : Si no se hace testamento los bienes no van a quien normalmente se quiere; hay que hacer una serie de trámites y obtener más papeles y es bastante más caro. Conviene por tanto hacer testamento y no dejarlo para el último momento (cuesta alrededor de 6.000 ptas., y se puede cambiar siempre), de esta forma conseguirá que sus bienes pasen a quien usted quiere y facilitará mucho las cosas a sus herederos el día de mañana.