He aquí una relación
orientativa de los gastos totales que pagará la persona que solicite el préstamo:
a) Gastos que se deben pagar por el solo hecho de
solicitar el préstamo, aunque al final se decida no firmar:
-
- Serán básicamente los de tasación y
obtención de información de la finca en el Registro de la Propiedad. Tienen que venir
detallados en el folleto informativo.
b) Gastos que se pagan cuando se firma la escritura
pública:
-
- -Comisión de apertura: lo
normal es entre el 1 y el 2% de la cantidad que se presta.
- -Impuesto de Asuntos Jurídicos
Documentados: un 0,5% de la cantidad total garantizada, que suele ser alrededor
del doble de lo que efectivamente se presta.
- -Notario: depende del
capital garantizado, y por tanto, de la cantidad que se presta. Como orientación:
Préstamo
hipotecario
4.000.000
5.000.000
10.000.000
20.000.000 |
Honorarios
notariales
60.000 ptas
62.000 ptas
72.000 ptas
82.000 ptas
60.000 ptas
62.000 ptas
72.000 ptas
82.000 ptas |
- -Gestión: la escritura se
debe liquidar del impuesto y presentar en el Registro de la Propiedad. La tramitación,
normalmente, la va a realizar un gestor elegido por el Banco, ya que, en
otro caso el Banco no entrega el dinero hasta que se obtenga la inscripción, lo que puede
demorarse hasta dos meses. Conviene enterarse de cuánto se va a cobrar por esa gestión,
pues las tarifas pueden variar mucho. El cliente no debe admitir que se
le imponga por el Banco una gestoría que preste un servicio anormalmente
caro.
Importante : Estos gastos
son exclusivamente los del préstamo hipotecario. Si al mismo tiempo se está comprando la
vivienda, habrá que sumar los gastos de compra. Los de notaría y Registro de la
Propiedad serán parecidos a los de la hipoteca, pero el impuesto (salvo que se trate de
Viviendas de Protección Oficial), serán del 6% o el 7% del valor de la vivienda que se
compra. : Estos gastos
son exclusivamente los del préstamo hipotecario. Si al mismo tiempo se está comprando la
vivienda, habrá que sumar los gastos de compra. Los de notaría y Registro de la
Propiedad serán parecidos a los de la hipoteca, pero el impuesto (salvo que se trate de
Viviendas de Protección Oficial), serán del 6% o el 7% del valor de la vivienda que se
compra.
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