COMPRAVENTA.Varios
supuestos
- Nota simple informativa.
- Escritura Notarial Compraventa.
- Carta Pago Hacienda (7% IVA + 0,50% actos
jurídicos documentados, en caso de transmisión empresarial o 6% de transmisiones
patrimoniales).
- Registro de la Propiedad.
- Nota simple informativa.
- Contrato: señal. Si hubieran mediado
arras o señal en el contrato de compraventa, podrá Rescindirse allanándose el comprador
a perderlas o el vendedor a devolverlas duplicadas (Artículo 1454 Código Civil).
- Certificación información continuada
(verlo en su apartado).
- Contrato privado de compraventa (carece
de protección registral).
- Escritura Notarial (al ir a encargar la
escritura, requerir al Notario para que solicite nota simple información continuada. Ver
más información en su apartado). Puede hacer la escritura directamente, sin contrato
privado (para obtener, desde el primer
Momento, la protección registral).
- Remisión por fax al Registrador para que
presente la escritura.
- La presentación antedicha tiene una
vigencia de 10 días. Antes de los 10 días, ir al
registro de la Propiedad con la copia
autorizada para obtener la firmeza del asiento.
- Carta Pago Hacienda (7% IVA + 0,50% Actos
Jurídicos Docuementados o 6% en
Transmisiones Patrimoniales).
- Registro de la Propiedad.
Le corresponden al vendedor, salvo pacto en
contrario, el otorgamiento de la escritura (Artículo 1455 Código Civil) y la plusvalía
del Ayuntamiento.
Al comprador: las copias de la escritura,
el Impuesto de Transmisiones y la inscripción en el Registro de la Propiedad. |