ARRENDAMIENTOS URBANOS

¿Qué se entiende por arrendamiento de vivienda?

Por arrendamiento de vivienda se entiende aquellas edificaciones destinadas a su habitabilidad, incluidas también las plazas de garaje, mobiliarios, trasteros o cualquier otra dependencia que se incluya con el edificio, siendo excluidos del ámbito de la Ley los arrendamientos cuyos beneficiarios sean Corporaciones públicas, Cajas de Ahorros, despachos profesionales..