Inscripción de los apellidos de los hijos adoptivos
  • El adoptado tendrá los apellidos del adoptante, aunque se exceptúa esta regla en caso de que uno de los cónyuges adopte al hijo de su consorte.

  • El adoptado transmite el primer apellido a los descendientes.

  • El interesado en caso de ser extranjero, podrá cambiar los apellidos por uno del país del cual provenga.