¿Quien está obligado a  inscribir un nacimiento?
  • El padre que promueve la inscripción  dentro del plazo legal establecido puede hacer constar la persona con quien hubiere tenido el hijo, siempre que la identidad de la madre resulte comprobada al inscribir.
  • Si el hijo nace dentro de los ciento ochenta días siguientes a la celebración del matrimonio, se inscribirá con la paternidad del marido.
  • La madre.
  • El pariente más próximo o cualquier persona mayor de edad presente en el alumbramiento.
  • El cabeza de familia.
  • En caso de recién nacido abandonado, la persona que lo encuentra.