¿Quien
está obligado a inscribir un nacimiento?
- El padre que promueve la inscripción dentro del plazo
legal establecido puede hacer constar la persona con quien hubiere tenido el hijo, siempre
que la identidad de la madre resulte comprobada al inscribir.
- Si el hijo nace dentro de los ciento ochenta días
siguientes a la celebración del matrimonio, se inscribirá con la paternidad del marido.
- El pariente más próximo o cualquier persona mayor de edad
presente en el alumbramiento.
- En caso de recién nacido abandonado, la persona que lo
encuentra.
|
|