Existen limitaciones al
respecto, porque puede ocurrir que malgasten los bienes del hijo y estas limitaciones son
las siguientes:
- no pueden renunciar por el hijo a los derechos que le
corresponden.
- No pueden vender bienes inmuebles o cualquier valor que
tenga carácter patrimonial, incluso establecimientos o empresas de las que sean
titulares, acciones cotizadas en bolsa
.
- No pueden repudiar una herencia dejada al hijo por parte de
un fallecido, siempre y cuando sea beneficiosa para el mismo y la intervención judicial
para estos casos es esencial ya que el mismo juez será quien determinará la aceptación
o no de la misma según la cuantía que exista en la misma, porque puede ocurrir que la
herencia tenga muchas deudas y su aceptación pueda causar un grave perjuicio al menor. La
intervención judicial no es necesaria para los siguientes casos:
- Cuando el menor haya cumplido los dieciséis años
- Cuando se vendan valores y acciones que revierten beneficios
seguros.
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