¿Qué ocurre respecto a aquellos bienes que producen rentas y frutos?

Los padres pueden destinar los frutos y rentas del menor al levantamiento de las cargas que existan dentro de la unidad familiar y no están obligados a rendir cuenta de lo consumido para este tipo de cargas.

Si los padres no administran los bienes de hijo pueden exigir la entrega de los frutos para esta finalidad e incluso para su educación si carecieran de medios para sufragar los mismos, ya que seria injusto que los propios gastos no corrieran a su cargo.