¿Qué bienes quedan excluidos de la
administración paterna?
Quedan excluidos:
- aquellos bienes que el hijo hubiera adquirido por titulo
gratuito.
- los bienes adquiridos por los hijos por herencia
en que uno o ambos de los que ejerzan la patria potestad hubieran sido desheredados por el causante de forma expresa. Tales bienes
son administrados por las personas que hayan sido determinadas por el fallecido en su
testamento y en su defecto por un administrador judicial.
- Los bienes que el hijo mayor de dieciséis años hubiera
adquirido por su trabajo o por cualquier capacidad productiva.
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