1) Caso de la madre no casada: se
presenta en el registro y solicita la inscripción del nacimiento de su hijo, tras la
comprobación del nacimiento del mismo: se
presenta en el registro y solicita la inscripción del nacimiento de su hijo, tras la
comprobación del nacimiento del mismo
2) Caso de la madre casada: solo
podrá inscribirse en virtud de la declaración formulada dentro del plazo legal
establecido, así como el reconocimiento de la filiación paterna. Si se rebasa el plazo
legal señalado, no podrá realizarse la inscripción deseada.: solo
podrá inscribirse en virtud de la declaración formulada dentro del plazo legal
establecido, así como el reconocimiento de la filiación paterna. Si se rebasa el plazo
legal señalado, no podrá realizarse la inscripción deseada.