Este régimen se produce
cuando los bienes del matrimonio se separa en bienes privativos de uno
de los cónyuges y bienes
privativos del otro, de tal manera que a cada cónyuge le pertenece la propiedad,
administración, disfrute y disposición de sus propios bienes. Lógicamente en este
régimen sale peor parado el cónyuge que carece de ingresos. |