La capacidad depende de
las situaciones personales de cada uno tendremos que señalar los siguientes casos:
- Edad : se requiere estar emancipado, es decir mayor de
dieciséis años que viva independientemente de los padres
- Sólo se puede casar con una única persona, no
pudiendo estar casado con dos a la vez
- El parentesco: no se puede realizar entre hermanos, primos o
entre aquellos parientes más próximos en consanguinidad
- El impedimento de crimen: se prohibe el matrimonio a aquel
condenado que ha dado muerte a su cónyuge de forma dolosa
- Matrimonio entre disminuídos psíquicos: en el caso de que
alguno de los contrayentes estuviera afectado por un defecto o anormalidad psíquica, se
le exige un certificado médico que declare su actitud para contraer matrimonio,
certificado que ha de ser exigido por el funcionario que tramita el expediente matrimonial
- La dispensa de impedimentos: es la posibilidad de eliminar
todos aquellos impedimentos que hacen que no se pueda celebrar el matrimonio por alguna
causa.
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