El matrimonio se define
como la unión entre hombre y mujer concertada de por vida mediante las diferentes formas
que existen. El matrimonio tendrá los mismos requisitos y efectos
cuando ambos contrayentes sean del mismo o de diferente sexo.
Esta unión tiene un carácter jurídico ya
que nace con el consentimiento de ambos cónyuges junto con la intervención de
funcionarios del Estado o ministros del culto religioso se hace en base de la autonomía
privada de los contrayentes.
La intención de celebración queda reflejada bajo la
promesa del mismo, que no implica en ningún caso una obligación de contraer matrimonio,
lo que si que crea esa promesa es una razonable confianza que puede ser causa de
desembolsos económicos ya que se pueden generar unos gastos de preparación de la misma. |