¿Qué bienes se pueden reservar en la herencia a determinados herederos?

Son reservas que se pueden hacer sobre ciertos bienes como son:

1) Los adquiridos por el viudo de cónyuge fallecido por testamento

2) Los adquiridos por los mismos conceptos expresados en el anterior apartado de los hijos y descendientes del matrimonio, o de los parientes del difunto.

¿ Cuando cesa la obligación de reserva?

  • si al morir el padre o la madre que contrae segundo matrimonio no existen hijos descendientes del anterior.
  • Cuando los hijos de un matrimonio mayores de edad que tengan derechos sobre los bienes renuncian a los mismos.