El vendedor que actúe con
conocimiento de ellas tendrá que pagar los gastos que se hayan producido como
consecuencia de la misma al comprador, junto con la indemnización de daños y perjuicios
.
En caso de bienes inmobiliarios si en
escritura pública el vendedor no refleja que lo comprado tiene deudas o cargas en si, el
comprador puede pedir la resolución del contrato de compraventa, a no ser que prefiera la
indemnización correspondiente. El plazo para ejercitar esta acción de rescisión o
resolución del contrato es de un año a contar desde el otorgamiento de la escritura |