Compraventa de coche de segunda mano



Cuestión planteada:

Compré un coche de 2º mano con 6 años y me aseguraron que tenía 30.000 kms. Mas tarde me enteré de que había ya dado vuelta al marcador, pero no tengo recibo de compra ni modo de probarlo, ¿que se puede hacer?

Contestación:

Para que sea válido un contrato de compraventa es necesario que se den los siguientes requisitos: 1) Consentimiento de los contratantes, 2) Objeto cierto que sea materia del contrato y 3) Causa de la obligación que se establezca, requisitos que se han dado en su caso. Pero será nulo el consentimiento prestado por error y en función de esta premisa, entendemos que, según sus manifestaciones, en el momento de celebrarse el contrato de compraventa usted prestó su consentimiento con error sobre la sustancia de la cosa (automóvil) objeto del contrato por cuanto entendía que el mismo únicamente tenía 30.000 Km. El automóvil carece de las condiciones que se le atribuyeron y que fueron esenciales para usted a la hora de prestar su consentimiento.

Los contratos en que concurra alguna causa de nulidad pueden ser anulados.

También si la compra del automóvil se realizó hace menos de seis meses usted podrá optar entre desistir del contrato, abonándosele los gastos que pagó o rebajar una cantidad proporcional en el precio a juicio de peritos, puesto que el vendedor está obligado a responder al comprador del saneamiento por los vicios o defectos ocultos de la cosa vendida.

El problema es que usted deberá instar la acción correspondiente ante los jueces competentes tanto para que esa nulidad sea declarada y de ese modo ambas partes se restituyan recíprocamente las cosas dadas en el contrato como para solicitar el saneamiento de los vicios ocultos y la falta de medios probatorios a que hace referencia sería un gran inconveniente para que ambas acciones prosperen.