Adopción por pareja de hecho

Cuestión:

Somos una pareja de hecho, que queremos adoptar un niño en España, ¿es posible que podamos adoptar un niño conjuntamente?

Contestación:

Si, es posible. Nuestra legislación, permite que el hombre y la mujer como pareja unida de forma permanente y por relación de afectividad, análoga a la conyugal, puedan a iniciar los tramites legales de la adopción. Para ello, bastará que uno de los adoptantes tenga veinticinco años. Pero en todo caso se requerirá, que el adoptante tenga por lo menos, catorce años más que el adoptado, con el fin de que la relación adoptiva se asemeje más a la filiación natural.

Página anterior