Liquidación de sociedad de gananciales

Cuestión:

He estado casado 10 años y en este momento tengo disuelta la sociedad legal de gananciales de mi matrimonio por sentencia de separación, pero no hemos realizado la liquidación de dicha sociedad. ¿qué ocurre con las deudas o los incrementos de valor que recaigan sobre los bienes gananciales?

Contestación:

El periodo intermedio entre la disolución y la definitiva liquidación de la sociedad legal de gananciales constituye una comunidad postmatrimonial sobre la masa ganancial cuyo régimen será idéntico al de la cotitularidad de bienes, por lo que los incrementos de valor, ventajas y riesgos que en este periodo experimente el patrimonio repercutirán positiva o negativamente en los esposos.

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