Cuestión:
Me he separado de mi mujer y ella se ha quedado a vivir en
un piso que está arrendado a mi nombre ¿Puedo desistir del alquiler de la vivienda que
tengo en calidad de arrendatario, sin el consentimiento de mi cónyuge?.
Contestación:
El cónyuge no titular podrá subrogarse en la posición
del otro, antiguo titular que desiste. El arrendador tendrá la facultad de requerir al
cónyuge optante, quien, de no responder al requerimiento en un plazo de quince días,
perderá su derecho a la subrogación además de verse obligado a satisfacer la renta
pendiente de pago hasta la extinción del contrato |