Derecho a la herencia

Cuestión:

Mi pareja, con la que he convivido 5 años pero no llegué a contraer matrimonio, ha fallecido, tiene 2 hijos de un anterior matrimonio, y no ha otorgado testamento. ¿tengo algún derecho a la herencia?

Contestación:

Respecto a la legítima del cónyuge viudo, es presupuesto imprescindible del derecho de legítima de éste, la existencia de un matrimonio con el causante de la herencia, pero no es el caso ya que no ha existido éste. Si el causante hubiera otorgado testamento, podría haber designado su participación en la herencia a través del tercio de libre disposición, y así no perjudicaría los dos tercios de legítima que corresponden a sus hijos; pero como no existe testamento, no tiene derecho alguno sobre la herencia.

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