El préstamo
hipotecario tiene dos componentes:
1º.- Un contrato de préstamo, en virtud
del cual el acreedor, normalmente es un Banco o Caja de Ahorros presta una cantidad de
dinero al deudor
2º.- Una hipoteca, que supone una
garantía que el deudor del préstamo da asegurando el cumplimiento del contrato antes
dicho.
La hipoteca consiste en que un determinado
bien se da como garantía del cumplimiento del préstamo que se solicita y, en caso de
incumplimiento, se procederá a la venta del inmueble en pública subasta para cobrar lo
que se debe por parte del acreedor.
La hipoteca, ha de llevarse a cabo a
través de los procedimientos establecidos, de forma que el acreedor de los bienes no
puede apropiarse inmediatamente del bien en caso de incumplimiento por parte del deudor.
Es importante tener en cuenta que los bienes hipotecados no sufren un desplazo
patrimonial, antes bien, se mantienen en poder del deudor que continúa siendo su
propietario; de esta forma, puede seguir utilizándolos y explotándolos e incluso puede
volver a vender la cosa, aunque al acreedor hipotecario ello no le afecte, pues este
podrá hacer efectivo su derecho contra cualquier adquirente de los bienes.
La hipoteca, para que se constituya, ha de
aparecer inscrita en el Registro de la Propiedad debiéndose estar determinados los bienes
sobre los recae la hipoteca.
La agilidad del procedimiento para la
realización de la hipoteca y el hecho de que sean los inmuebles los garantes del crédito
concedido, supone otorgar al acreedor una protección más eficaz y vigorosa, siendo una
figura muy atractiva para ellos. |