Puede hacerse de
diferentes formas como son:
- por división a través de los mismos interesados
- por vía judicial
Si existen acreedores sobre los bienes de
la comunidad, pueden intervenir en la división de la misma, incluso pueden impugnarla
cuando se cometa para conseguir defraudar sus intereses. La división extingue la
situación de la comunidad y constituye un derecho de propiedad exclusiva a favor de uno
de los comuneros sobre su parte o sobre el lote de bienes que la compongan |